La Ley Nº 31556, publicada en la Edición Extraordinaria del Boletín de Normas Legales, tiene por objeto establecer una tasa especial y temporal de impuesto general a las ventas (IGV) denominado 8% del IGV para Rescatar el Empleo para las mype dedicadas a actividades como restaurantes, hoteles, alojamientos turísticos, servicios de catering y concesionarios de alimentos.